BOGOTÁ.— El Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella levantó este martes la suspensión general que durante los últimos años había restringido el porte de armas de fuego en Colombia.
La decisión quedó formalizada mediante el Decreto 1368 del 8 de septiembre de 2026, que ordena restablecer la eficacia de los permisos individuales de porte que se encuentren vigentes y que no estén suspendidos, cancelados, revocados, vencidos o afectados por alguna prohibición legal o judicial.
El cambio representa una modificación importante frente a la política que se había mantenido desde 2015, pero no significa que cualquier ciudadano pueda adquirir un arma y salir a portarla libremente.
No es un porte indiscriminado
El propio Gobierno ha insistido en que la nueva disposición no crea un régimen de porte libre.
El decreto establece expresamente que la medida no crea nuevos derechos ni modifica los requisitos legales, condiciones, restricciones y controles establecidos por la normatividad colombiana sobre armas de fuego.
En otras palabras, una persona que ya tenga un permiso de porte vigente podrá volver a ejercerlo, siempre que cumpla las condiciones establecidas por la autoridad competente.
Quienes únicamente tengan un permiso de tenencia tampoco quedan automáticamente autorizados para portar el arma fuera del lugar permitido. La diferencia entre ambos conceptos continúa vigente.
¿Quiénes podrán portar armas?
De acuerdo con la información oficial y las explicaciones divulgadas sobre la medida, el levantamiento beneficia a quienes cuenten con un permiso de porte vigente expedido por la autoridad militar competente.
Entre las condiciones que continúan figurando dentro del régimen de control se encuentran:
- Tener un permiso de porte vigente.
- Portar únicamente el arma amparada por la autorización.
- Cumplir los requisitos de edad establecidos.
- No registrar antecedentes o impedimentos que imposibiliten el permiso.
- Acreditar las condiciones médicas, físicas y psicofísicas exigidas.
- Cumplir con los requisitos de conocimiento y manejo del arma.
- Estar sujeto a las facultades de vigilancia, suspensión, cancelación o revocatoria de las autoridades.
Por lo tanto, la decisión no equivale a una autorización automática para cientos de miles de ciudadanos que actualmente no poseen un permiso de porte.
Una política suspendida durante más de una década
La suspensión general del porte de armas fue establecida inicialmente durante el Gobierno de Juan Manuel Santos en 2015 y posteriormente fue prorrogada por los gobiernos de Iván Duque y Gustavo Petro.
La medida buscaba restringir la circulación de armas de fuego entre particulares como parte de las políticas de prevención de la violencia.
El nuevo Gobierno decidió cambiar ese enfoque y argumenta que las restricciones afectaban principalmente a ciudadanos que cumplen la ley, mientras que las organizaciones criminales continuaban utilizando armas ilegales.
La decisión constituye, además, el cumplimiento de una de las principales promesas de campaña de De La Espriella en materia de seguridad.
Gobierno defiende la medida como una herramienta de defensa
El presidente De La Espriella ha presentado el levantamiento de la suspensión como una medida orientada a garantizar mayores posibilidades de defensa a los ciudadanos que cumplen la ley.
La Presidencia sostiene que el objetivo es restablecer las garantías de quienes cuentan con permisos legales, mientras se mantiene la acción del Estado contra quienes portan armas ilegalmente.
El Gobierno también ha señalado que una parte significativa de las armas utilizadas en hechos delictivos corresponde a armas ilegales. Sin embargo, cualquier cifra utilizada para respaldar esta afirmación debe atribuirse a la fuente oficial correspondiente y no presentarse como un dato independiente si no existe una metodología pública que permita verificarla.
La medida genera debate entre expertos y sectores políticos
La decisión ya genera posiciones encontradas.
Sectores que respaldan al Gobierno consideran que un ciudadano que cumple los requisitos y enfrenta amenazas debería tener la posibilidad de portar legalmente un arma para su defensa.
En contraste, sectores críticos advierten sobre los posibles efectos de una mayor circulación de armas entre civiles y cuestionan si el levantamiento de la suspensión puede aumentar los riesgos asociados con accidentes, conflictos interpersonales o pérdida de armas legales.
El debate también involucra un asunto de política pública: si el fortalecimiento de la seguridad debe concentrarse exclusivamente en las capacidades del Estado o si también debe ampliar las posibilidades de defensa armada de ciudadanos previamente autorizados.
El punto central: no desaparecen los controles
Con el Decreto 1368, el Gobierno cambia la política general de suspensión, pero no elimina el sistema de permisos ni el control estatal sobre las armas de fuego.
Las autoridades militares mantienen sus competencias para suspender, cancelar o revocar permisos, mientras que la Policía conserva sus funciones de vigilancia y control.
La discusión ahora estará centrada en cómo se aplicará la nueva disposición, qué impacto tendrá sobre la seguridad ciudadana y cuáles serán los resultados frente a los indicadores de violencia y criminalidad.
