El presidente de la República, Abelardo De La Espriella, sancionó el miércoles 4 de noviembre la denominada Ley de Sometimiento a la Justicia, que quedó oficialmente identificada como Ley 2640 de 2026.
Con la firma presidencial culminó el trámite legislativo de una iniciativa presentada por el Gobierno para establecer un nuevo marco jurídico dirigido al sometimiento y desmantelamiento de organizaciones criminales de alto impacto.
La norma modifica, adiciona y prorroga disposiciones de la Ley 418 de 1997, conocida como Ley de Orden Público, y fue expedida antes del vencimiento de la vigencia de ese marco legal. Su texto quedó publicado en el Diario Oficial del 4 de noviembre.
Una aprobación legislativa que terminó en sanción presidencial
La firma de la Ley 2640 se produjo después de que Senado y Cámara aprobaran el mismo texto durante la jornada legislativa del 3 de noviembre.
En el Senado obtuvo 57 votos a favor y 24 en contra, mientras que en la Cámara de Representantes recibió 95 votos positivos y 10 negativos. Al coincidir las dos corporaciones en el articulado, no fue necesaria una conciliación.
El Gobierno destacó el trabajo del ministro de Justicia, Iván Cancino, y presentó la sanción como un paso fundamental para desarrollar su política de seguridad.
¿Qué establece la Ley 2640?
El propósito central es crear un mecanismo jurídico para que integrantes de organizaciones armadas ilegales y estructuras criminales puedan someterse a la Constitución y a la justicia colombiana, bajo condiciones definidas por el Estado.
Uno de sus principales elementos es que estas organizaciones no recibirán reconocimiento de estatus político ni tendrán acceso a negociaciones políticas con el Gobierno mediante este mecanismo.
La ruta está orientada al sometimiento judicial, la entrega de armas y bienes ilegales, el esclarecimiento de delitos y el desmantelamiento de las estructuras criminales.
Verdad, reparación y entrega de bienes
La ley condiciona los beneficios judiciales al cumplimiento de compromisos concretos. Entre las principales obligaciones se encuentran:
- Reconocer responsabilidades y entregar información completa y verificable sobre los delitos cometidos.
- Identificar a los integrantes de las organizaciones y contribuir a su desmantelamiento.
- Entregar armas, recursos y bienes obtenidos mediante actividades ilegales.
- Aportar información sobre personas desaparecidas.
- Facilitar la liberación de personas secuestradas y víctimas de trata.
- Entregar información sobre menores reclutados y contribuir a su desvinculación.
- Contribuir a la verdad y a la reparación de las víctimas.
La información entregada deberá permitir conocer las fuentes de financiación, las rutas ilegales y las redes de apoyo de las estructuras criminales.
¿Qué beneficios judiciales contempla?
Uno de los puntos de mayor discusión durante el trámite legislativo fue el tratamiento penal diferenciado.
La legislación contempla reducciones de hasta el 50 % de la pena para determinados integrantes y de hasta el 30 % para cabecillas, de acuerdo con las condiciones y aportes exigidos por la norma. Para los mandos se establecen penas mínimas de diez años de prisión.
Estos beneficios no son automáticos: dependen del cumplimiento de los compromisos, los aportes a la verdad, la reparación de las víctimas y la contribución efectiva al desmantelamiento de las organizaciones.
La ley también establece restricciones para personas condenadas por reclutamiento ilícito de menores, así como disposiciones especiales frente a quienes continúen cometiendo delitos después de la entrada en vigencia de la norma.
No se suspenden las órdenes de captura ni las extradiciones
Otro aspecto relevante es que el sometimiento no implica que el Estado renuncie a sus facultades de persecución penal.
La norma mantiene la actuación de las autoridades, las órdenes de captura, las solicitudes de extradición y las operaciones de la Fuerza Pública, conforme a las disposiciones legales aplicables.
En consecuencia, la decisión de acogerse al mecanismo no representa una suspensión automática de las acciones judiciales o militares contra las organizaciones.
Programas de tránsito a la legalidad
La Ley 2640 también contempla programas para acompañar a quienes cumplan las condiciones de sometimiento y avancen hacia la legalidad.
Estos mecanismos incluyen formación para el trabajo, acceso a educación, acompañamiento psicosocial y oportunidades de vinculación laboral. La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) tendrá responsabilidades en el diseño y desarrollo de estos programas, junto con otras entidades estatales.
La legislación establece, además, medidas de protección para víctimas de violencia sexual y garantías especiales para niños, niñas y adolescentes que hayan sido reclutados o utilizados por organizaciones ilegales.
Una nueva orientación de la política de seguridad
El presidente De La Espriella defendió la sanción de la norma como un cambio frente a la política de Paz Total del Gobierno anterior.
En su pronunciamiento sostuvo que las organizaciones criminales deberán someterse a la justicia y cumplir obligaciones de verdad, reparación y entrega de sus economías ilegales.
Sin embargo, la iniciativa también generó cuestionamientos durante el debate legislativo. Sectores de oposición expresaron preocupaciones sobre el alcance de los beneficios penales, las garantías para las víctimas y las condiciones de implementación.
Por eso, los resultados de esta política dependerán de su aplicación, de la verificación de los compromisos y de la capacidad institucional para hacer efectivo el desmantelamiento de las estructuras criminales.
¿Cuánto tiempo estará vigente?
La Ley 2640 establece una vigencia de cuatro años a partir de su publicación, periodo durante el cual el Ministerio de Justicia deberá hacer seguimiento a su implementación y presentar informes sobre los avances y dificultades.
Su aplicación será determinante para establecer si el nuevo mecanismo consigue debilitar las estructuras criminales, recuperar bienes ilegales y garantizar los derechos de las víctimas.
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